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Ganancias: ¿Qué escrituras aportan con la nueva ley?

A principios de este año salió una nueva ley de ganancias que estipulaba que, en algunos casos, los particulares iban a pagar el impuesto a las ganancias en las escrituras de compraventa. No obstante, fue pasando el año sin una clara definición de cómo se realizarían los cálculos para avanzar en la implementación.

Hay que destacar que en ningún momento se planteó esta posibilidad para las compraventas asociadas a reemplazo de vivienda, siempre estuvo pensada para una segunda o tercera propiedad o para inversiones. De este modo, quienes están pensando en vender su vivienda y comprar otra no se verán afectados por los avances en este tema.

Otro tema a tener en cuenta es que sólo se aplicará a las propiedades compradas luego de la entrada en vigor de la ley, en enero de 2018, con lo cual si la propiedad a vender se hubiera comprado previamente tampoco entraría en este régimen.


¿En qué consiste y cuánto se pagaría?

La idea básica es que las compraventas abonen el 15% de ganancias sobre el diferencial entre el valor al que se compró la propiedad y aquel al cuál se venderá. En principio sería gravar la rentabilidad de las inversiones pero la situación adquiere cierta complejidad ante un panorama inflacionario como el que estamos viviendo porque las ventas en pesos de principios de año pueden tener un valor muy distinto al actual. Todavía no hay certeza absoluta en cuanto a si la implementación tendrá en cuenta esta variable pero ya hay claros indicadores respecto a que se estaría avanzando concretamente para aplicarlo en las próximas semanas.

Hasta ahora sólo pagaban ganancias las personas jurídicas y las primeras ventas en propiedad horizontal, la novedad es que ahora llegaría hasta las personas físicas inclusive. El basamento de este cambio es que la AFIP presume que hay un lucro, y el proyecto llega a abarcar las parcelas loteadas e inclusive la cesión de participaciones en fideicomisos. Siempre que ese inmueble haya sido adquirido después de la entrada en vigencia de la ley.

Las implicancias de este nuevo panorama alcanzan a los valores de escrituración. Ocurre a veces que personas mal asesoradas pretenden escriturar en valores bajos. Además de que esto es incorrecto ahora hay que considerar que con este cambio de la ley ni siquiera es conveniente porque el día que tenga que vender va a tener que pagar una alícuota mayor.

En definitiva, en los próximos días terminará de definirse la implementación, los tendremos al tanto en este y otros temas.


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